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Normas sobre la utilización de los teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos

Prohibición del uso:

En todas las horas lectivas y dentro de aulas y biblioteca queda prohibido el uso o exhibición de cualquier dispositivo electrónico personal (teléfono móvil, MP3, cámara fotográfica, etc.).

Esta norma de no utilizar el teléfono móvil durante las horas lectivas debe ser observada por todos los miembros de la comunidad educativa, alumnado, profesorado y familias.

Restricción del uso:

En todas las dependencias del Centro y a cualquier hora queda prohibida la toma de fotografías y grabaciones de vídeo y audio, salvo que se cuente con autorización expresa del profesor, Tutor o Jefa de Estudios.

Las comunicaciones con la familia en casos de emergencia pueden hacerse a través de los teléfonos del instituto, no es necesario traer teléfonos al Centro. Se recomienda a los alumnos no traer teléfonos móviles, no obstante, podrán utilizarlos durante los recreos, con la limitación antes expresada en la norma anterior. La Dirección del Centro no se hará responsable de los robos y deterioros de estos dispositivos.

Corrección del incumplimiento de la norma anterior sobre teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos:

Cuando un profesor vea u oiga un teléfono o cualquier otro dispositivo durante una clase lo retirará de forma inmediata y lo llevará a Dirección o a Jefatura de estudios, y se le devolverá al finalizar la mañana. Además, se le sancionará con tres tardes de estudio asistido, si es la primera vez y las sanciones aumentarán las siguientes veces que esto ocurra. En los casos que se estime conveniente se hará un trabajo de reflexión al respecto que deberá entregar al cabo de la semana.

Si el alumno no entrega el dispositivo cuando se le demande, además será apercibido por desconsideración al profesor.

Los teléfonos y cámaras que se utilicen para grabar sin permiso serán igualmente retirados. Si la grabación es humillante o vejatoria para cualquier miembro de la comunidad escolar será considerada falta grave, y corregida además como tal.

La reincidencia en este tipo de conductas supondrá la extensión del periodo y/o la aplicación de alguna otra corrección.

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